Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior.
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Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior.
Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior.
La actual estructura orgánica básica del Ministerio del Interior se establece a partir del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, y el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
De acuerdo con el artículo 6 del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, corresponde al Ministerio del Interior la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de seguridad ciudadana, tráfico y seguridad vial, la promoción de las condiciones para el ejercicio de los derechos fundamentales, el ejercicio del mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y las demás competencias y atribuciones que le confiere el ordenamiento jurídico.
En este marco, con arreglo a la disposición final segunda del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, y de conformidad con el artículo 59.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, es necesario desarrollar la estructura orgánica básica de dicho Departamento, actualizando las funciones atribuidas a los órganos directivos, hasta el nivel orgánico de subdirección general, con el fin de conseguir la máxima eficacia y racionalización en el cumplimiento de sus objetivos.
De su contenido destaca, como una de las principales novedades, el cambio que se ha producido en la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, al no estar ya incluida entre los órganos dependientes de la Secretaría de Estado de Seguridad y haber pasado a depender directamente de la persona titular del Departamento, tal y como dispuso el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero.
En la citada Secretaría de Estado de Seguridad, además de realizar ciertas mejoras técnicas en la enumeración de sus funciones, se produce un cambio de denominación en uno de los órganos dependientes del Gabinete de Coordinación y Estudios, el Centro Nacional de Protección de Infraestructuras y Ciberseguridad (CNPIC), que recupera su denominación inicial, Centro Nacional de Protección de Infraestructuras Críticas.
En el ámbito de la Dirección General de la Policía, la modificación afecta a la Dirección Adjunta Operativa, de la cual va a depender la División de Operaciones y Transformación Digital., anteriormente denominada Jefatura Central de Operaciones, y a la que se le asignan funciones en materia de coordinación, gestión y supervisión en el ámbito de la operatividad policial y de planificación estratégica en materia de transformación digital.
En el ámbito de la Dirección General de la Guardia Civil, el cambio más relevante es la creación del Mando de Fronteras y Policía Marítima, con nivel orgánico de subdirección general y a cargo de un Teniente General de la Guardia Civil. La situación migratoria actual, unida a la pandemia del COVID 19, y a la previsible tendencia para un futuro a medio y largo plazo del fenómeno migratorio, hace prever que los flujos migratorios aumentarán considerablemente, tanto en el Mediterráneo como en el Atlántico, por lo que resulta necesario unificar en una sola las dos autoridades de coordinación que existen actualmente para hacer frente a la inmigración irregular en Canarias, y en la zona del Estrecho de Gibraltar y mar de Alborán.
Siguiendo en el ámbito de la Secretaría de Estado de Seguridad, en la Dirección General de Relaciones Internacionales y Extranjería se modifica la redacción de sus funciones para reflejar de forma más precisa las que ya viene ejerciendo.
En relación con la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, además del citado cambio de adscripción orgánica, se lleva a cabo una mejor distribución y clarificación competencial, corrigiendo el solapamiento que existía entre las funciones asignadas a la Dirección General de Ejecución Penal y Reinserción Social y las competencias propias del Secretario General. También se realiza un cambio de denominación en algunos de sus órganos directivos para dotarlos de una mayor adaptación a las competencias ejercidas.
Por lo que se refiere a la Subsecretaría, los cambios son menores y puntuales. En la Dirección General de Política Interior se incorporan mejoras técnicas y actualizaciones en la enumeración de sus funciones y en la Dirección General de Tráfico se revisa la redacción de algunas de sus funciones.
El real decreto se adecúa a los principios de buena regulación a los que se refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia. Así, atiende a la necesidad de desarrollar la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, siendo la regulación prevista eficaz y proporcionada en el cumplimiento de este propósito, sin afectar en forma alguna a los derechos y deberes de la ciudadanía. También contribuye a dotar de mayor seguridad jurídica a la organización y funcionamiento del Departamento, al adecuar aquella a la estructura de órganos directivos actualmente existente. Cumple también con el principio de transparencia, al quedar claramente identificados los objetivos que persigue el real decreto y no impone nuevas cargas administrativas.
En su virtud, a iniciativa del Ministro del Interior, con la conformidad de la Ministra de Defensa en lo referido a la Guardia Civil, a propuesta de la Ministra de Política Territorial y Función Pública, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de agosto de 2020,
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Fecha de grabación : 17/10/2020
Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior.
Publicado en: «BOE» núm. 211, de 05/08/2020.
Entrada en vigor: 05/08/2020
Departamento: Ministerio de Política Territorial y Función Pública
Referencia: BOE-A-2020-9138
Permalink ELI: https://www.boe.es/eli/es/rd/2020/08/04/734/con
Texto inicial publicado el 05/08/2020